Con la llegada del nuevo año muchos de nosotros nos marcamos nuevos retos y nuestro objetivo es poder hacerlos realidad. El mes de enero es propicio para comenzar con ese proyecto empresarial que teníamos pensado pero que nunca nos habíamos decidido a ponerlo en marcha. A continuación vamos a contestar a todas esas preguntas que nos debemos plantear a la hora de abrir nuestro negocio.
¿Mi negocio va a mantener la misma actividad que el anterior?
Sí la voy a mantener
Una vez que disponemos de un local para poder desarrollar nuestra actividad comercial, es necesario saber si el negocio anterior dispone de licencia, y lo que es más importante, si ésta cumple con todos los requisitos. En caso afirmativo solamente será necesario realizar un cambio de titularidad en el ayuntamiento correspondiente. Si por lo contrario el anterior negocio no dispone de licencia o no cumple los requisitos tendremos que iniciar los trámites para su obtención.
No la voy a mantener
En tal caso habrá que realizar los trámites administrativos necesarios para la obtención de la licencia correspondiente a tu actividad. Será necesario desarrollar una documentación técnica.
¿Qué tipo de negocio voy a abrir?
Existen varios tipos de negocios diferentes que necesitan de requerimientos y trámites distintos en el Ayuntamiento, pero podemos diferenciar en dos grandes grupos: los negocios que realizan actividades inocuas (no contaminantes) y actividades calificadas (contaminantes).
Actividades Inocuas
Las actividades inocuas son aquellas actividades que no modifican las condiciones sanitarias, medioambientales o de seguridad para la población ni ponen el riesgo la salud y seguridad de los usuarios (oficinas, gestorías, pequeños comercios…).
Actividades calificadas
Las actividades calificadas son aquellas que pueden causar molestias y se consideran nocivas, por tanto requieren de medidas preventivas para asegurar las condiciones de salud y seguridad adecuadas (discotecas, restaurantes, actividades industriales, clínicas…)
En función del tipo de negocio la cantidad económica a pagar en concepto de tasas al Ayuntamiento variará, siendo mayor el coste de la licencia de apertura para las actividades calificadas que para las actividades inocuas. El precio de esas tasas será ligeramente distinto entre los diferentes ayuntamientos, existiendo casos (véase el Ayuntamiento de Murcia) donde el trámite es gratuito y no se ha de pagar tasa alguna. Otros factores que se tienen en cuenta en las tasas de los ayuntamientos son: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad.
¿Debo hacer reforma en el local?
Una vez que contamos con el local donde comenzaremos nuestra aventura empresarial tenemos que saber si el local cumple con la normativa vigente. Para saber si tengo que reformar el local necesitamos conocer la normativa que se aplica a tu negocio, y ver si nuestro local la cumple.
Por norma general los locales realizan reformas previas a la apertura de su negocio para adaptarlo a las necesidades de las personas con minusvalía física. Las obras más comunes suelen ser la adaptación de los accesos y los baños, reformas sencillas (como la colocación de una rampa en la entrada para facilitar su acceso) cuyo coste es relativamente bajo. Una vez que cumpla con la normativa llega el momento de tramitar la licencia / declaración responsable de actividad.
¿Qué es la Declaración Responsable de Obras?
La Declaración Responsable de Obras es un trámite necesario para que el ayuntamiento nos permita realizar las obras en el local. Mi local estará obligado a realizar una Declaración Responsable de Obras siempre y cuando realice alguno de estos actos:
• Obras de ampliación, modificación, reforma, rehabilitación o demolición sobre edificios existentes cuando no produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, la envolvente total o el conjunto del sistema estructural, o cuando no tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
• Renovación de instalaciones en las construcciones.
• Primera ocupación de edificaciones de nueva planta y sucesivas ocupaciones en edificios existentes.
• Colocación de carteles y vallas publicitarias visibles desde la vía pública.
• Instalación de redes energéticas y de comunicaciones.
• El cerramiento de fincas.
Tendremos que comenzar a desarrollar una documentación que contenga memoria técnica, planos con las obras que se realizarán y un estudio básico de seguridad y salud. Esta documentación se tendrá que enviar al Ayuntamiento para que nos dé luz verde a la realización de dichas obras.
Es importante resaltar que EN NINGÚN CASO podremos iniciar las obras si el Ayuntamiento no nos ha facilitado previamente la Declaración Responsable de Obras.
Una vez acabadas las obras, ¿cuál es el siguiente paso?
Al finalizar las obras, se comienzan los trámites para la obtención de la declaración responsable o la licencia de actividad correspondiente. La declaración responsable de una actividad inocua se obtiene de manera inmediata al presentar la documentación en el ayuntamiento mientras que para las actividades calificadas se necesita un plazo donde el ayuntamiento ha de estudiar el grado de contaminación que puede producir el negocio en el desarrollo de su actividad.
Desde Babel Arquitectos esperamos haber resuelto todas las dudas y preguntas previas a la puesta en marcha de un negocio y, en caso de que os decidáis a dar el paso, os deseamos la mejor de las suertes en vuestra nueva aventura. Para cualquier tipo de duda o consulta puedes ponerte en contacto vía telefónica o a través de correo electrónico (ver en parte superior de esta página).